lunes, 8 de junio de 2009

Contrato de Trabajo

Segun el codigo sustantivo del trabajo: "contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o juridica, bajo la continuada dependencia o subordinacion de la segunda y mediante remuneracion. quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, empleador, y la remuneracion, cualquiera que sea su forma, salario. (art. 22 CST).elementos del contrato de trabajo:para que haya contrato de trabajo se requieren tres elementos esenciales:

-Actividad personal del trabajor.
-Subordinacion del trabajador hacia el empleador.
-Salario como retribucion del servicio.


Clases de contrato de trabajo:

De acuerdo con la legislacion laboral colombiana, los contratos de trabajo se pueden clasificar de la siguiente forma:

Accidental o transitorio:
La duracion del contrato debe ser inferior a un mes.

De obra o labor:
El contrato tiene un termino equivalente a la duracion de la obra.

A termino fijo:
Su duración no puede exceder 3 años.

A término indefinido:
Cuando las partes no determinan su duracion, se entiende celebrado a termino indefinido.
terminacion del contrato de trabajo.


El contrato termina:
-Por muerte del trabajador.
-Por mutuo consetimiento.
-Por expiraqcion del plazo fijo pactado.
-Por terminacion de la obra o labor contratada.
-Por liquidacion o clausura definitiva de la empresa o establecimiento.
-Por suspension de actividades por parte del empleador durante mas de 120 dias.
-Por sentencia ejecutoriada.
-Por decision unilateral por parte del empleador o por parte del trabajador.
-Por no regresar el trabajador a su empleo, al desaparecer la causa de suspension del contrato.
-Incapacidad total del trabajador.
-Despido indirecto o despido por culpa del empleador.


Indemnizacion por terminacion del contrato de trabajo sin justa causa(por parte del empleador).
en contratos a termino indefinido.

Cuando sin justa causa el empleador da por terminado el contrato de trabajo a termino indefinido, esta obligado a pagar una indemnizacion de acuerdo con el tiempo laborado y el salario devengado, asi:

-Para trabajadores que devenguen un salario inferior a 10 salarios minimos legales mensuales, la indemnizacion sera de 30 dias de salario por el primer año, y 20 dias adicionales por cada año subsiguiente y proporcionalmente por fraccion de año.

-Cuando el trabajador devengue un salario igual o superior a 10 salarios minimos legales mensuales, la indemnizacion sera 20 dias de salario por el primer año y 15 dias adicionales por cada uno de los años siguientes y proporcionalmente por fraccion de año.

-A los trabajadores que, al entrar en vigencia la ley 50 de 1990, tienen 10 dias o mas años de servicio continuo: 45 dias por el primer año y 40 dias adicionales por cada año subsuguiente al primero y proporcionalmente por fraccion.

En contratos a termino fijo:
la indemnizacion a cargo del empleador sera equivalente al valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado en el contrato; o el del lapso determinado por la duracion de la obra contratada; en este caso la indemnizacion no sera inferior a 15 dias.

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